En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) regula los permisos de conducción y los divide en distintas categorías según el tipo de vehículo. Aquí te dejamos un resumen de los principales carnets de conducir y sus requisitos.
- Carnets para motocicletas y ciclomotores
Carnet AM
Edad mínima: 15 años
Vehículos permitidos: Ciclomotores de hasta 50 cc y velocidad máxima de 45 km/h
Carnet A1
Edad mínima:16 años
Vehículos permitidos: Motos de hasta 125 cc y 11 kW (15 CV) de potencia
Carnet A2
Edad mínima: 18 años
Vehículos permitidos: Motos de hasta 35 kW (47 CV), sin límite de cilindrada
Carnet A
Edad mínima: 20 años
Vehículos permitidos: Motos de cualquier cilindrada y potencia (requiere 2 años con el A2)
Nota: Con el carnet B (coches) y más de 3 años de experiencia, puedes conducir motos de hasta 125 cc sin necesidad del A1.
- Carnets para coches y furgonetas
Carnet B
Edad mínima: 18 años
Vehículos permitidos: Coches hasta 3.500 kg y 9 plazas
Carnet B+E
Edad mínima: 18 años
Vehículos permitidos: Remolques de más de 750 kg junto con un coche B (hasta 4.250 kg)
Con el carnet B, también puedes conducir furgonetas y algunas autocaravanas, siempre que no superen los 3.500 kg de peso máximo autorizado.
- Carnets para camiones y autobuses
Carnet C1
Edad mínima: 18 años
Vehículos permitidos: Camiones de 3.500 a 7.500 kg
Carnet C
Edad mínima: 21 años
Vehículos permitidos: Camiones de más de 7.500 kg
Carnet C+E
Edad mínima: 21 años
Vehículos permitidos: Camiones con remolque de más de 750 kg
Carnet D1
Edad mínima: 21 años
Vehículos permitidos: Minibuses de hasta 16 pasajeros
Carnet D
Edad mínima: 24 años
Vehículos permitidos: Autobuses de más de 16 pasajeros
Carnet D+E
Edad mínima: 24 años
Vehículos permitidos: Autobuses con remolque
Para conducir camiones y autobuses en el ámbito profesional, además del carnet correspondiente, es necesario obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).